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Condiciones del Programa de Asesorías

Última actualización: 10 de septiembre de 2026 · Versión: 2026-09-09

Versión: 9 de septiembre de 2026 (2026-09-09).

Estas condiciones regulan el Programa de Asesorías de FactuTPV, gestionado por VERISYS DIGITAL LABS, S.L., NIF B05582556, domicilio publicado en el Aviso Legal. Se complementan con los Términos del Servicio y con el DPA cuando exista tratamiento por cuenta de un cliente. El programa de colaboradores profesionales y el de referidos tienen sus propias condiciones y no se acumulan automáticamente.

1. Objeto, alta y aceptación

El programa permite a asesorías, gestorías y despachos profesionales («Asesor») acceder, mediante habilitación de cada cliente, a información y documentación disponible en FactuTPV para prestar sus propios servicios. También puede generar comisiones por clientes nuevos atribuidos conforme a estas condiciones.

Es un programa B2B. Requiere solicitud, aprobación de VERISYS e invitación o activación personal. Quien actúe debe ser mayor de edad y tener facultades para obligar al Asesor. Se registrará la versión aceptada, fecha, hora y evidencia electrónica razonable.

La aceptación de las condiciones no concede por sí sola acceso a ningún cliente ni constituye el acuerdo de facturación por el destinatario del apartado 4. Los servicios profesionales del Asesor a sus clientes no son prestados ni garantizados por VERISYS.

2. Acceso delegado, confidencialidad y roles

Cada acceso requiere invitación o autorización suficiente del cliente y permisos adecuados. El cliente puede revocarlo en cualquier momento. El Asesor no compartirá credenciales, accederá solo a la información necesaria y utilizará los datos exclusivamente para el servicio profesional autorizado, con secreto y confidencialidad.

La condición jurídica del Asesor depende de su relación real con el cliente. Puede actuar como responsable independiente para determinadas obligaciones profesionales, como encargado del cliente o como usuario integrado en su organización. No se presume que siempre sea un simple usuario autorizado. Cada parte debe formalizar las relaciones e información exigibles por su función; VERISYS trata los contenidos alojados conforme al DPA y a las instrucciones del titular habilitado.

La autorización de acceso no permite utilizar datos de los clientes finales para marketing, entrenar modelos, crear bases propias o comunicar información a otros despachos. Las exportaciones y copias que el Asesor obtenga quedan bajo su responsabilidad en el rol que corresponda.

Los accesos relevantes mantienen trazabilidad. VERISYS puede limitar permisos ante falta de habilitación, riesgo o uso irregular de forma proporcionada. Una controversia de comisiones no justifica retener documentación del cliente ni impedir que revoque el acceso.

3. Atribución, cálculo y devengo de comisiones

3.1. Cliente atribuido cualificado

Debe tratarse de un cliente nuevo que contrate mediante el enlace, código o procedimiento habilitado, realice un pago válido y no incurra en fraude o autorreferido. Una cuenta ya existente no se considera un cliente nuevo por cambiar sus datos o renovar el servicio.

La atribución se fija por el primer registro válido acreditado mediante el cauce del programa, salvo acuerdo particular previo. Un mismo cliente no genera simultáneamente incentivos de varios programas o personas por el mismo concepto, salvo autorización expresa. Las discrepancias pueden someterse a revisión aportando pruebas, sin revelar datos innecesarios de otros participantes.

Por ejemplo, dos invitaciones al mismo negocio no generan dos comisiones: se revisará el primer registro válido por el cauce pactado y las evidencias aportadas. Una solicitud de revisión no autoriza a acceder a datos de otros asesores ni a divulgar expedientes de clientes.

3.2. Porcentajes y base

Salvo acuerdo individual aceptado, corresponde al Asesor el 20 % de la cuota de suscripción elegible durante los primeros 12 meses desde el inicio del primer período de pago del cliente atribuido y el 10 % después, mientras la suscripción siga activa, se pague y se mantengan los requisitos de atribución.

La base es el importe neto de la suscripción efectivamente pagado, excluidos IVA u otros impuestos, descuentos, cantidades reembolsadas y conceptos distintos de la suscripción, como hardware o servicios a medida, salvo inclusión expresa. No se descontarán comisiones del procesador de pago de esa base salvo pacto previo que lo indique.

El devengo se calcula mensualmente. En planes anuales, la cuota neta elegible se distribuye entre los meses del período al que corresponda y se aplica el porcentaje temporal pertinente. Una cancelación que solo impida la siguiente renovación no revierte comisiones válidamente devengadas por períodos ya prestados y pagados.

3.3. Ajustes

Los impagos, reembolsos, anulaciones o fraude acreditado pueden impedir el devengo o determinar ajustes proporcionales a la operación afectada. VERISYS informará del motivo y del cálculo; no anulará indiscriminadamente comisiones de otros clientes por una incidencia aislada.

Las compensaciones se aplicarán sobre deudas exigibles o ajustes previstos y suficientemente documentados, con posibilidad de revisión. Un contracargo provisional permite reservar el importe controvertido hasta aclararlo, no declarar fraude de forma automática.

4. Facturación de las comisiones

El Asesor debe emitir una factura válida por su servicio de mediación cuando corresponda. Se aplicará el IVA, retención u otro tratamiento exigible según su naturaleza, residencia y condición fiscal; no se añade siempre IVA español ni se retiene IRPF a todos los participantes.

4.1. Acuerdo opcional de facturación por el destinatario

Solo mediante acuerdo previo, expreso y separado, VERISYS podrá expedir facturas en nombre y por cuenta del Asesor por las comisiones del programa, conforme al artículo 5 del Reglamento de facturación. El acuerdo identificará a ambas partes, los servicios comprendidos y su fecha de efectos anterior a las operaciones afectadas.

La factura identifica al Asesor como proveedor del servicio y a VERISYS como destinataria; utiliza una serie específica y la mención «facturación por el destinatario». Se entrega una copia al Asesor por el canal acordado. No se confunde este documento con una factura emitida por VERISYS por sus propias ventas.

Cada factura queda sujeta a aceptación del Asesor mediante confirmación en el portal o respuesta electrónica verificable. Dispondrá de 15 días naturales para aceptarla u objetar errores desde su recepción. El silencio no se considerará aceptación en este procedimiento. Si falta confirmación, se solicitará y se coordinará una solución, incluida la emisión por el Asesor; la falta de respuesta no extingue una comisión ya devengada.

No se emitirán dos facturas originales por la misma operación. Las rectificaciones seguirán el procedimiento y las menciones legales. El Asesor conserva la responsabilidad de sus obligaciones de facturación, sin perjuicio de las asumidas por VERISYS al confeccionarla.

4.2. Datos y cambios fiscales

El Asesor facilitará denominación, NIF, domicilio, residencia fiscal, condición tributaria, retención aplicable y datos bancarios correctos, y notificará cambios. VERISYS aplicará las comprobaciones y obligaciones propias de pagador. La aceptación de este programa no autoriza a inventar un tipo de retención o una exención.

La facturación por el destinatario podrá revocarse para operaciones futuras con aviso que permita coordinar la emisión, manteniendo la validez y conservación de las ya emitidas. Se cumplirán los requisitos de facturación electrónica obligatoria que sean aplicables en cada momento.

5. Liquidación y pago

Se elaborará una liquidación mensual con las operaciones computables y ajustes. Salvo pacto individual distinto, el pago se realizará por transferencia SEPA dentro de los 30 días naturales siguientes a disponer de la liquidación y de la factura válida o aceptación correspondiente, respetando los límites imperativos de pago.

La falta de datos imprescindibles puede suspender el pago hasta subsanación, previa comunicación concreta. No permite cancelar el saldo legítimamente devengado. El Asesor podrá solicitar aclaraciones y aportar documentación de discrepancias.

Las comisiones remuneran la mediación real; no constituyen nómina ni el reintegro automático de obligaciones personales del Asesor. Cada parte atiende su fiscalidad y contabilidad, y VERISYS realizará las retenciones legalmente exigibles.

6. Reglas de colaboración

La colaboración es no exclusiva salvo pacto escrito. El Asesor no puede representar a VERISYS, contratar en su nombre, asumir obligaciones por ella o prometer resultados legales, fiscales, técnicos o subvenciones no aprobados.

Puede identificar verazmente su participación y utilizar los materiales autorizados, sin aparentar pertenencia a la plantilla, homologación pública o exclusividad inexistentes. No podrá realizar comunicaciones engañosas, spam, captación ilícita o recomendaciones que oculten conflictos de interés.

Informará al cliente de la posible comisión y cumplirá sus deberes profesionales de independencia, secreto e incompatibilidad. Solo comunicará contactos con una base jurídica y una habilitación para el contacto comercial suficientes; la condición B2B no elimina las reglas de protección de datos y comunicaciones electrónicas.

Si la actividad realmente desarrollada reúne los presupuestos de un contrato de agencia, se aplicarán sus normas imperativas, incluidos preavisos o derechos económicos que procedan. El nombre del programa no los excluye.

7. Duración, cambios y terminación

El programa tiene duración indefinida. Cualquiera de las partes puede terminar su participación mediante comunicación escrita, con un preaviso ordinario de 30 días naturales, sin perjuicio de un plazo imperativo superior. Cabe terminación inmediata por incumplimiento grave no subsanable, fraude acreditado, pérdida de habilitación o causa legal, con motivación suficiente.

Las modificaciones sustanciales se comunicarán con 30 días naturales de antelación y se aplicarán prospectivamente. No reducirán comisiones ya devengadas ni alterarán retroactivamente la atribución de clientes.

Salvo acuerdo individual válido o causa de pérdida del derecho vinculada al cliente concreto, los clientes atribuidos antes de la terminación ordinaria conservarán el régimen económico aceptado mientras sigan cumpliendo sus requisitos. Esta regla no obliga a mantener el acceso a sus datos si revocan la autorización ni a conservar indefinidamente un servicio que deje de prestarse legítimamente.

El cierre del programa no elimina liquidaciones pendientes ni derechos imperativos. Subsisten confidencialidad, protección de datos, fiscalidad, prueba de atribuciones y obligaciones de pago que por su naturaleza continúen.

8. Protección de datos, documentos y contacto

Los datos profesionales, de facturación y atribución del Asesor se tratan conforme a la Política de Privacidad. Los datos de sus clientes se rigen por sus respectivas relaciones y por el DPA de FactuTPV. Los consentimientos publicitarios opcionales no son condición de acceso al programa.

Prevalecen los acuerdos particulares expresamente aceptados en materia comercial, sin reducir las garantías del DPA ni las normas imperativas. La legislación y competencia judicial se determinan conforme a los Términos, sin una sumisión impuesta que resulte inválida.

Consultas y liquidaciones: [email protected]. Protección de datos: [email protected].

El Asesor debe facilitar la información que corresponda a los interesados y limitar el acceso, comunicación y conservación de datos a su encargo o habilitación real. La pertenencia al programa no sustituye la autorización de cada cliente ni permite reutilizar sus contactos o documentos para otros fines.