En este artículo
Qué significa darse de alta como autónomo
Darse de alta como autónomo consiste, básicamente, en dos trámites obligatorios que debes completar antes de empezar tu actividad: darte de alta en la Seguridad Social (en el RETA) y darte de alta en Hacienda (la declaración censal). No es un único formulario ni un único organismo; son dos, y conviene hacerlos en el orden correcto.
La buena noticia es que hoy los dos se hacen por internet en un rato, y que existen ayudas —como la tarifa plana— que abaratan mucho el arranque. La mala es que un despiste en el orden o en una casilla puede costarte dinero, así que merece la pena entender bien cada paso.
¿Quién tiene que darse de alta? Cualquier persona que vaya a ejercer una actividad económica por cuenta propia de forma habitual, personal y directa. La clave es la habitualidad: si vas a facturar de forma recurrente, necesitas estar dado de alta. Distinto es constituir una sociedad (una SL), que es otro camino con sus propios trámites; aquí hablamos del autónomo persona física, la vía más habitual para empezar un proyecto en solitario.
Vamos a verlos uno a uno, con lo que necesitas en cada organismo y los errores que conviene evitar. Este es el mapa completo:
Antes de empezar: lo que conviene tener a mano
Antes de sentarte a hacer los trámites, ten preparado esto y los tendrás listos en una sola sesión:
- Certificado digital, DNIe o Cl@ve. Es imprescindible para identificarte en las dos sedes electrónicas. Si no lo tienes, sácalo primero.
- Tu DNI y una cuenta bancaria. El IBAN donde se domiciliará la cuota de autónomos.
- El epígrafe del IAE de tu actividad. Mira con antelación cuál describe mejor lo que vas a hacer; es una de las decisiones del alta censal.
- Una previsión de tus rendimientos netos. Te servirá para elegir tu base de cotización en el tramo que te corresponda.
Con estos cuatro elementos a mano, el alta deja de ser un laberinto. Y si algo no lo tienes claro —sobre todo el epígrafe—, es el momento de preguntar a una asesoría antes de enviar nada, no después.
Paso 1: alta en la Seguridad Social (RETA)
El primer trámite es darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social. Se hace de forma telemática en la sede electrónica de la Tesorería General de la Seguridad Social (importass), con el modelo TA.0521, y necesitas certificado digital, DNIe o Cl@ve para identificarte.
Aquí es donde eliges tu base de cotización y —muy importante— donde marcas la casilla de la tarifa plana si tienes derecho a ella. El alta en el RETA puede solicitarse hasta 60 días naturales antes del inicio de la actividad, pero en todo caso debe estar hecha cuando empieces a trabajar.
Desde 2023 los autónomos cotizan por sus rendimientos netos reales, mediante un sistema de tramos: eliges una base dentro del tramo que corresponde a lo que prevés ganar, y a final de año se regulariza según lo que hayas ganado de verdad. Si empiezas con tarifa plana, esa cuota reducida sustituye a la del tramo durante el periodo bonificado.
Cotizar no es solo un gasto: te da derecho a prestaciones como la baja por enfermedad o accidente, la prestación por cese de actividad (el "paro" del autónomo) y la futura jubilación. Elegir una base muy baja abarata la cuota, pero también reduce esas prestaciones, así que conviene pensarlo con perspectiva y no fijarse solo en el recibo del mes.
Paso 2: alta censal en Hacienda (modelo 036 o 037)
El segundo trámite es la declaración censal de alta en la Agencia Tributaria, con el modelo 036 (completo) o el 037 (simplificado, válido para la mayoría de autónomos personas físicas). También se presenta por internet y antes de iniciar la actividad.
En este formulario comunicas a Hacienda que vas a ejercer una actividad económica y defines lo esencial de tu fiscalidad:
- El epígrafe del IAE que describe tu actividad (hay uno para cada tipo de negocio).
- Tu régimen de IVA (general, recargo de equivalencia si eres comerciante minorista, etc.).
- Tu régimen de IRPF (normalmente estimación directa simplificada).
- La fecha de inicio y los datos de tu actividad y local, si lo hubiera.
Elegir bien el epígrafe y los regímenes es importante, porque determina qué impuestos declararás y cómo. Si tienes dudas, es uno de los puntos en los que más ayuda una asesoría.
Un alivio: darse de alta no cuesta nada en tasas. Ni el alta en el RETA ni la declaración censal tienen coste de tramitación; lo que pagas a partir de ahí es la cuota mensual de autónomos y, cuando corresponda, tus impuestos trimestrales.
La tarifa plana: 80 € al mes el primer año
La tarifa plana es la gran ayuda para quien empieza. Consiste en pagar una cuota reducida en el RETA en lugar de la que te correspondería por tu tramo de ingresos.
En 2026 esa cuota base es de 80 € al mes durante los doce primeros meses, con independencia de lo que ganes. A esa cuota base se le suma el MEI (Mecanismo de Equidad Intergeneracional, un 0,9% en 2026), de modo que el recibo total ronda los 85-88 €. Pasado el primer año, puedes prorrogarla otros doce meses si tus rendimientos netos se mantienen por debajo del salario mínimo interprofesional.
Para poder disfrutarla tienes que solicitarla al darte de alta en el RETA (marcando la casilla), no haber estado de alta como autónomo en los dos años anteriores —tres si ya la disfrutaste antes— y no tener deudas con Hacienda ni con la Seguridad Social. El error más caro y más irreversible es olvidarse de pedirla: si no la marcas en el momento del alta, pierdes el beneficio.
Qué obligaciones tienes desde el primer día
Una vez dado de alta, empiezan tus obligaciones como autónomo. Las principales son:
- Emitir facturas conforme a la ley. Toda venta o servicio se documenta con factura o ticket, y el sistema debe cumplir con VeriFactu. Puedes ver cómo se activa en la guía para configurar VeriFactu.
- Declarar el IVA. Con carácter general, cada trimestre presentas el modelo 303 con el IVA repercutido y el soportado.
- Pagar el IRPF a cuenta. Si tributas en estimación directa, cada trimestre presentas el modelo 130 con un porcentaje de tu beneficio.
- Pagar la cuota de autónomos cada mes a la Seguridad Social.
A esto se suma llevar tus libros de registro (de facturas emitidas y recibidas y, si procede, de bienes de inversión) y conservar las facturas. No tiene por qué ser complicado: un buen programa de facturación genera esos registros por ti a medida que trabajas, y así llegas a cada trimestre con todo cuadrado en lugar de reconstruirlo a última hora.
Puede parecer mucho, pero con las herramientas adecuadas se lleva casi solo. De hecho, tener claro qué necesita un autónomo para facturar desde el principio te ahorra la mayoría de los quebraderos de cabeza de los primeros meses.
Errores frecuentes al darse de alta
Estos son los tropiezos que más se repiten y que conviene evitar:
- No solicitar la tarifa plana. El más caro: si no marcas la casilla al darte de alta en el RETA, pierdes el descuento para siempre.
- Empezar a facturar antes de estar de alta. Hay que darse de alta antes de emitir la primera factura o cobrar el primer servicio, no después.
- Elegir mal el epígrafe del IAE. Un epígrafe que no encaja con tu actividad puede complicarte la fiscalidad; revísalo con calma.
- Confundir los organismos. Hacienda y Seguridad Social son dos altas distintas; hacer solo una deja el alta incompleta.
Ante la duda, apoyarte en una asesoría para el alta es una inversión pequeña que evita errores caros. Y si prefieres hacerlo tú, dedica un rato a leer las instrucciones oficiales de cada modelo antes de enviarlo. Cuando toque elegir con qué facturar, la comparativa de cómo elegir un programa de facturación te ayuda a acertar, y verás por qué FactuTPV encaja tan bien con los autónomos.
En resumen: dos altas y a empezar
Darse de alta como autónomo son dos trámites: el alta en el RETA de la Seguridad Social (donde pides la tarifa plana) y la declaración censal en Hacienda con el modelo 036 o 037 (donde eliges tu epígrafe y tus regímenes de IVA e IRPF). Ambos, online y antes de empezar la actividad.
Con el alta hecha y la tarifa plana solicitada, ya solo queda ponerse en marcha: facturar conforme a VeriFactu, declarar el IVA y el IRPF cada trimestre y pagar tu cuota mensual. Empezar con el papeleo ordenado desde el primer día es la mejor forma de centrarte en lo que de verdad importa, que es sacar adelante tu proyecto.
Ya eres autónomo: ahora, a facturar con FactuTPV
Con el alta hecha, lo siguiente es emitir tus facturas conforme a la ley. FactuTPV te deja facturar y cobrar desde el navegador, con VeriFactu incluido y sin comisiones por venta, para que empieces tu actividad con el papeleo bajo control desde el primer día.
- Facturas y tickets conforme a VeriFactu, con tu IVA e IRPF bien aplicados.
- Todo en el navegador, sin instalar nada y sin comisiones por venta.
- 14 días de prueba gratis sin tarjeta y planes desde 12,99 €/mes (anual, +IVA), sin permanencia.
Preguntas frecuentes
¿Qué trámites hay que hacer para darse de alta como autónomo?
Dos: el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social, con el modelo TA.0521, y la declaración censal de alta en Hacienda con el modelo 036 o 037. Ambos se hacen por internet y antes de iniciar la actividad.
¿En qué orden se hacen las altas de autónomo?
Ambas deben estar hechas antes de empezar a trabajar. En la práctica conviene tramitar primero el alta en el RETA (donde se solicita la tarifa plana) y a continuación la declaración censal en Hacienda, para no comprometer el derecho a la cuota reducida.
¿Cuánto cuesta la cuota de autónomo con tarifa plana?
En 2026 la tarifa plana es de 80 € al mes de cuota base durante los doce primeros meses, con independencia de tus ingresos. A esa cuota se suma el MEI (0,9% en 2026), por lo que el recibo total ronda los 85-88 €. Consulta siempre el importe vigente.
¿Cuánto dura la tarifa plana de autónomos?
Doce meses con la cuota reducida. Se puede prorrogar otros doce meses si tus rendimientos netos anuales quedan por debajo del salario mínimo interprofesional y lo acreditas. Hay que solicitarla al darse de alta en el RETA; si no, se pierde.
¿Puedo darme de alta yo mismo o necesito una gestoría?
Puedes hacerlo tú: los dos trámites son online y solo necesitas certificado digital, DNIe o Cl@ve. Una gestoría ayuda sobre todo a elegir bien el epígrafe del IAE y los regímenes fiscales, y a no dejarte la tarifa plana, pero no es obligatoria.
¿Qué obligaciones fiscales tengo nada más darme de alta?
Emitir facturas conforme a VeriFactu, declarar el IVA cada trimestre con el modelo 303, pagar el IRPF a cuenta con el modelo 130 (si tributas en estimación directa) y abonar la cuota de autónomos cada mes a la Seguridad Social.
Equipo FactuTPV
Somos el equipo detrás de FactuTPV, el software TPV con VeriFactu integrado para autónomos, pymes y hostelería en España. Escribimos sobre facturación electrónica, gestión de negocio y las últimas novedades fiscales para ayudarte a estar siempre al día.
Contactar con nosotros →