En este artículo
«Software TPV certificado»: la respuesta que casi nadie te da
No existe la certificación de la AEAT para software VeriFactu: la Agencia Tributaria no certifica, no homologa y no aprueba programas de facturación. Lo que existe es la declaración responsable, el documento en el que el fabricante declara bajo su responsabilidad que su sistema cumple el RD 1007/2023, y la responsabilidad final del contribuyente.
Si estás buscando un software TPV «certificado» o un TPV «homologado» para cumplir con VeriFactu, haces la misma búsqueda que miles de negocios. Y te vas a encontrar una primera página de Google llena de programas anunciados como «homologados por la AEAT» o con «facturación certificada». Ninguno puede enseñarte ese sello, por una razón muy simple: la AEAT no lo emite. Para VeriFactu no hay examen previo, ni registro de programas aprobados, ni certificado que colgar en la pared.
La confusión no es casual: en el País Vasco, TicketBAI sí tiene registro foral de software garante — lo vemos más abajo —, y el marketing ha hecho el resto. El problema es lo que cuesta decidir con un criterio falso: eliges por un sello inexistente en vez de comprobar lo único que la norma reconoce.
En esta guía desmontamos el mito con el BOE delante: qué exige de verdad el RD 1007/2023, qué contiene la declaración responsable y cómo pedirla, de dónde sale la palabra «homologado», qué multas fija la ley y un checklist de 5 pasos para evaluar cualquier TPV o programa de facturación. Si VeriFactu te pilla de nuevas, tienes el contexto completo en nuestra guía de qué es VeriFactu.
Lo que exige el RD 1007/2023: declaración responsable, no certificados
El Reglamento de los Sistemas Informáticos de Facturación (SIF), aprobado por el Real Decreto 1007/2023, funciona al revés de como casi todo el mundo imagina:
- No hay validación previa de la AEAT. Hacienda no examina el software antes de que salga al mercado, no emite sellos y no mantiene un registro de programas «aprobados».
- El fabricante presenta una declaración responsable. Un documento formal en el que el productor del software declara, bajo su responsabilidad, que el sistema cumple los requisitos del Reglamento: integridad, inalterabilidad, trazabilidad y conservación de los registros de facturación.
- La responsabilidad final del cumplimiento es del contribuyente. Usar un software con declaración responsable es condición necesaria, pero cumplir depende también de cómo lo actives, lo configures y lo uses en el día a día.
Es el mismo esquema que el marcado CE en otros sectores: responsabilidad del fabricante con control a posteriori, no examen previo del regulador. La AEAT puede comprobar e inspeccionar después, y el artículo 201 bis de la Ley General Tributaria respalda el sistema con multas fijas — las vemos en detalle más abajo — tanto para quien usa como para quien fabrica o comercializa sistemas no conformes.
Por eso, cuando un comercial te diga que su TPV «está certificado», la pregunta correcta no es «¿por quién?». Es: «enséñame tu declaración responsable». Tienes el reglamento completo desmenuzado en nuestro resumen del RD 1007/2023 para empresas.
¿Nuevo con VeriFactu? Empieza por la guía completa
Qué es VeriFactu, a quién obliga, fechas clave y cómo funciona la cadena de hashes y el envío a la AEAT, explicado sin jerga.
Leer la guía de VeriFactu→Reclamos de marketing vs realidad legal: la tabla para no comprar humo
Estos son los reclamos que más se repiten en anuncios y webs de TPV, traducidos al lenguaje de la norma. Guárdate la tabla para tu próxima comparativa:
| Reclamo que verás anunciado | Realidad legal |
|---|---|
| «Software certificado por la AEAT» | Falso: la AEAT no certifica software de facturación. El único mecanismo que reconoce el RD 1007/2023 es la declaración responsable del propio fabricante. |
| «TPV homologado por la AEAT» u «homologado por Hacienda» | La homologación no existe en VeriFactu. El registro oficial de software existe en TicketBAI, el sistema de las haciendas forales vascas: otro régimen y otro territorio. |
| «Cumple automáticamente con VeriFactu» | Ningún programa cumple por ti: hay que activarlo, configurarlo y usarlo bien. La responsabilidad final del cumplimiento es siempre del contribuyente. |
| «Olvídate de multas» | Nadie puede prometerte inmunidad. El artículo 201 bis de la LGT sanciona con 50.000 € fijos por ejercicio la simple tenencia de sistemas no conformes. |
| «Todo llega a Hacienda sin que hagas nada» | La remisión a la AEAT es automática solo cuando la modalidad VERI*FACTU está activada y configurada: certificado digital cargado y datos fiscales al día. |
| «Estamos en el listado oficial de la AEAT» | No existe un listado de programas «certificados» o «aprobados» por la AEAT que sirva de garantía: la referencia de cada sistema es su declaración responsable. |
El lenguaje honesto también existe y se reconoce a la primera: «preparado para VeriFactu, con declaración responsable publicada» o «remite a la AEAT cuando activas la modalidad VERI*FACTU». Si un proveedor necesita inventarse un sello para cerrar la venta, pregúntate qué más te está simplificando.
La declaración responsable por dentro: qué contiene y dónde pedirla
La declaración responsable no es una insignia en la web ni una frase del comercial: es el documento formal previsto en el RD 1007/2023 con el que el productor del software responde de que su sistema cumple el Reglamento. Como mínimo debe identificar:
- El sistema y su versión. Nombre del software y versión concreta a la que se refiere la declaración: una declaración genérica que no dice a qué versión aplica no identifica nada.
- El productor, con su NIF. Quién responde exactamente de ese software, con nombre y apellidos fiscales.
- El modo de operación. Si el sistema funciona como «VERI*FACTU» (remitiendo los registros a la AEAT), como sistema de emisión no verificable, o admite ambos modos.
¿Dónde se pide? Al proveedor, antes de contratar, y debe estar a tu disposición como usuario: los fabricantes serios la publican sin que nadie se la pida. En FactuTPV la tienes en abierto: la declaración responsable de FactuTPV, con el sistema, la versión y el productor identificados, consultable por cualquiera.
Dos señales de alerta al pedirla: una declaración «en trámite» que nunca llega — los productores están obligados a ofrecer productos adaptados desde el 29 de julio de 2025, así que quien no la tenga hoy llega tarde a su propia obligación — y un proveedor que responde con folletos de marketing en lugar del documento. La información oficial del sistema la tienes siempre en la página de VeriFactu de la AEAT.
TicketBAI: de dónde viene el mito de la «homologación»
La palabra «homologado» no salió de la nada. En el País Vasco, TicketBAI — el sistema de las haciendas forales de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa — sí mantiene registros de software garante: el fabricante registra su programa ante cada diputación foral y aparece en un listado público. Ahí, hablar de homologación tiene todo el sentido.
El problema es trasladar ese vocabulario a VeriFactu, que rige en territorio común y funciona con otro mecanismo: declaración responsable del fabricante, sin registro previo. Navarra, además, tiene su propio marco. El mapa queda así:
- Territorio común (la mayor parte de España) → VeriFactu: comprueba la declaración responsable del software.
- Álava, Bizkaia y Gipuzkoa → TicketBAI: busca el programa en el registro foral de software garante de tu diputación.
- Navarra → marco propio: tu referencia es la Hacienda Foral de Navarra.
Un mismo producto puede estar preparado para varios regímenes a la vez, pero cada uno se acredita a su manera. Cuando un TPV que vende en territorio común presume de «homologación», está usando el vocabulario de un sistema que no le aplica. Y eso, más que tranquilizar, debería hacerte dudar de cuánto conoce la norma que dice cumplir.
Modo VERI*FACTU: la presunción de cumplimiento que sí existe
Ya que ningún sello va a decidir por ti, conviene conocer la figura legal que más se le parece. El artículo 16 del RD 1007/2023 define los sistemas VERI*FACTU: los que remiten a la AEAT todos los registros de facturación de forma «continuada, segura, correcta, íntegra, automática, consecutiva, instantánea y fehaciente». Y les atribuye dos consecuencias muy prácticas:
- Presunción de cumplimiento por diseño (art. 16.2). Si el sistema remite así sus registros, se presume que cumple los requisitos del Reglamento. Es lo más parecido a una «garantía» que reconoce la norma, y no la da un sello: la da tu forma de operar.
- Sin firma electrónica de los registros (art. 16.3). La remisión continua sustituye la obligación de firmar cada registro que sí tienen los sistemas que no remiten.
| Aspecto | Modo VERI*FACTU | Modo No VERI*FACTU |
|---|---|---|
| Remisión a la AEAT | Automática e inmediata, registro a registro | No remite: firma y conserva cada registro (art. 12) |
| Presunción de cumplimiento | Sí, por diseño (art. 16.2) | No: la integridad la acreditas tú si hay comprobación |
| Desde cuándo puedes usarlo | Ya: la remisión voluntaria es posible antes de la fecha límite (art. 15) | Ya |
Quién queda fuera de este reglamento
- Quienes están en el SII (art. 3.3): Hacienda ya recibe sus libros registro por otra vía.
- Los territorios forales: País Vasco (TicketBAI) y Navarra tienen normativa propia.
- La facturación exclusivamente manual: el Reglamento regula sistemas informáticos; quien factura solo a mano queda fuera de su ámbito.
Así funciona el motor fiscal de FactuTPV por dentro
Cadena de hashes SHA-256, máquina de estados de cada factura, comunicación SOAP con la AEAT y QR verificable: la arquitectura completa, documentada.
Ver el motor fiscal VeriSys→Sanciones del artículo 201 bis: multas fijas, no «hasta 50.000 €»
Aquí patina hasta el marketing bienintencionado: verás por todas partes «multas de hasta 50.000 €». El artículo 201 bis de la Ley General Tributaria no dice «hasta»: fija multas de cuantía fija.
- 50.000 € por ejercicio para quien tenga sistemas informáticos que no cumplan los requisitos o hayan sido alterados.
- 150.000 € por ejercicio y por tipo de sistema para quien fabrique, produzca o comercialice sistemas que permitan ocultar o manipular la facturación.
La lectura importante para este artículo: la infracción del usuario es la tenencia, no el fraude. Usar en 2027 un programa no adaptado puede costarte 50.000 € aunque no hayas ocultado ni un euro. Y el mito del sello agrava el riesgo, porque regala una falsa sensación de inmunidad: «me lo vendieron como certificado» no es un eximente que aparezca en la ley — la responsabilidad de usar un sistema conforme es tuya.
La protección real es la de siempre: software con declaración responsable, modalidad adecuada activada y registros sin manipular.
Fechas clave: cuándo debes tenerlo resuelto
Respuesta directa: antes del 1 de enero de 2027 si tributas por el Impuesto sobre Sociedades y antes del 1 de julio de 2027 en el resto de casos, autónomos incluidos. Son las fechas vigentes que fijó el Real Decreto-ley 15/2025, en vigor desde el 4 de diciembre de 2025. Si en una web lees 2025 o 2026, no se ha actualizado.
| Quién | Fecha | Qué significa |
|---|---|---|
| Fabricantes y comercializadores de software | Desde el 29 de julio de 2025 | Deben ofrecer productos ya adaptados al Reglamento |
| Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades | Antes del 1 de enero de 2027 | Sistema de facturación adaptado |
| Resto de obligados (autónomos en IRPF incluidos) | Antes del 1 de julio de 2027 | Sistema de facturación adaptado |
| Cualquier negocio, voluntariamente | Desde ya | Remisión voluntaria de registros a la AEAT (art. 15 RD 1007/2023) |
Fíjate en la primera fila, porque casi nadie la usa al comparar: la fecha de los fabricantes ya ha pasado. Un proveedor que hoy no tiene producto adaptado ni declaración responsable no va «con margen»: llega tarde a su propia obligación legal. Es un filtro excelente para descartar candidatos rápido.
Y la última fila es tu ventaja: puedes activar la remisión voluntaria ya y llegar a tu fecha límite con meses de rodaje en ventas reales, en lugar de estrenar sistema la semana que entra en vigor. Si eres autónomo y quieres el detalle fino de tu caso, tienes guía propia: VeriFactu para autónomos: fechas y preparación.
Checklist: evalúa cualquier software TPV en 5 pasos
Con todo lo anterior, evaluar un TPV o un programa de facturación deja de ser una cuestión de fe. Cinco pasos, en este orden:
- Pide la declaración responsable. Con el nombre del sistema, la versión, el NIF del productor y el modo de operación. Si «está en trámite» o te reenvían un folleto, pasa al siguiente candidato.
- Busca las señales del Reglamento en los documentos. QR tributario en facturas y tickets, leyenda de factura verificable cuando opera como VERI*FACTU, anulaciones que generan su propio registro y rectificativas guiadas: en un sistema conforme nada se borra ni se reescribe.
- Pregunta cómo se activa la remisión a la AEAT. Qué necesitas para operar en modalidad VERI*FACTU (certificado digital, datos fiscales al día), qué pasa si se corta la conexión y cómo se reintenta el envío. Las respuestas vagas aquí delatan un producto verde.
- Exige el precio final con VeriFactu incluido. Los requisitos del SIF son una obligación legal del software, no un extra premium: el «módulo VeriFactu» cobrado aparte es señal de producto parcheado.
- Lee cómo se describe a sí mismo. «Preparado para VeriFactu, con declaración responsable publicada» es lenguaje de quien conoce la norma. «Certificado por la AEAT» descarta solo: ese certificado no existe.
Si estás en plena comparativa, estos dos artículos te ahorran horas: el mejor software TPV de España con criterios objetivos y cómo elegir programa de facturación.
Cómo lo hace FactuTPV: papeles publicados, cero sellos inventados
Nos aplicamos el mismo estándar que te acabamos de recomendar. FactuTPV no está «certificado por la AEAT» — nadie lo está: ese es el punto de todo este artículo —; lo que tiene es exactamente lo que la norma pide, y en abierto:
- Declaración responsable publicada en factutpv.es/sif, con el sistema, la versión y el productor identificados: la misma que te decimos que exijas a cualquier proveedor.
- Funcionalidades VeriFactu en todos los planes, también en el gratuito: huella encadenada en cada documento, QR tributario, anulaciones con registro propio y rectificativas guiadas.
- Remisión a la AEAT cuando activas y configuras la modalidad VERI*FACTU, con panel de auditoría para ver la cadena de registros y su estado de envío en cualquier momento.
- Sin «módulo VeriFactu» de pago aparte ni suplementos por cumplir la ley.
La activación es guiada y se hace en minutos: aquí tienes cómo configurar VeriFactu en FactuTPV paso a paso. Y si te interesa la arquitectura por dentro — cadena de huellas SHA-256, estados de cada factura, comunicación con la AEAT —, está documentada en nuestro motor fiscal.
Lo decimos sin letra pequeña: ningún software, tampoco el nuestro, puede prometerte inmunidad, porque la responsabilidad final es del contribuyente. Lo que un buen sistema sí hace es que equivocarse sea difícil.
Pruébalo con tu propio negocio
Crea una cuenta gratuita, emite tickets de prueba y comprueba la huella encadenada y el QR en cada documento. Sin tarjeta.
Crear cuenta gratis→Elige por los papeles, no por el sello
El «software TPV certificado» seguirá apareciendo en anuncios, porque como reclamo funciona. Pero ahora sabes lo que hay detrás: la AEAT no certifica nada; lo que existe es una declaración responsable que identifica sistema, versión, productor y modo de operación; la palabra «homologado» viene de TicketBAI, que es otro régimen; y el artículo 201 bis castiga el error con multas fijas. Quien te enseña sus papeles y te explica cómo encadena y remite sus registros no necesita inventarse sellos. La norma está publicada y las fechas también: lo único que queda de tu lado es elegir con criterio y rodar el sistema antes de tu fecha límite.
Papeles a la vista, no sellos: así trabaja FactuTPV
No podemos venderte un sello de la AEAT, porque no existe. Lo que sí tienes con FactuTPV es un TPV preparado para VeriFactu con su declaración responsable publicada, que funciona desde el navegador en el equipo que ya tienes: cuando activas y configuras la modalidad VERI*FACTU, cada venta genera su registro con huella encadenada y su QR tal y como pide el Reglamento.
- Declaración responsable publicada en factutpv.es/sif: sistema, versión y productor identificados.
- Funcionalidades VeriFactu en todos los planes: huella encadenada, QR tributario y rectificativas guiadas.
- Plan gratuito para empezar y planes desde 13,99 €/mes (anual, +IVA), sin permanencia ni comisiones por venta.
Preguntas frecuentes
¿Existe software certificado por la AEAT para VeriFactu?
No. La AEAT no certifica, no homologa y no aprueba programas de facturación: ese sello no existe. El mecanismo que prevé el RD 1007/2023 es la declaración responsable, con la que el fabricante declara bajo su responsabilidad que su sistema cumple el Reglamento, y la responsabilidad final del cumplimiento es del contribuyente. Cualquier «certificado de la AEAT» que veas anunciado es marketing, no una figura legal.
¿Hay un listado oficial de software VeriFactu aprobado?
No hay un listado de programas «certificados» o «aprobados» por la AEAT que sirva como garantía para elegir: la referencia de cada sistema es su declaración responsable, que identifica el software, su versión, el NIF del productor y su modo de operación. Los «listados de software homologado» que circulan por internet son recopilaciones privadas, no un registro oficial de VeriFactu.
¿Qué es la declaración responsable de VeriFactu?
Es el documento formal en el que el productor de un sistema informático de facturación declara, bajo su responsabilidad, que el sistema cumple los requisitos del RD 1007/2023. Debe identificar como mínimo el sistema y su versión, el NIF del productor y el modo de operación (VERI*FACTU, no verificable o ambos). Pídesela a cualquier proveedor antes de contratar; la de FactuTPV está publicada en factutpv.es/sif.
¿Un software con declaración responsable me libra de sanciones?
Es condición necesaria, pero no suficiente: la responsabilidad final del cumplimiento es del contribuyente. Debes operar en la modalidad adecuada, tener el sistema bien configurado y no manipular los registros. El artículo 201 bis de la Ley General Tributaria fija una multa fija de 50.000 € por ejercicio por la tenencia de sistemas que no cumplan los requisitos o hayan sido alterados.
¿Qué diferencia hay entre VeriFactu y TicketBAI en la homologación?
TicketBAI, el sistema de las haciendas forales de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa, sí tiene registro de software garante con listados públicos: ahí la homologación existe de verdad. En VeriFactu, que rige en territorio común, no hay registro previo ni homologación: el mecanismo es la declaración responsable del fabricante. Navarra tiene su propio marco. De ese cruce de regímenes nace la confusión.
¿Qué multa hay por usar un TPV que no cumpla el Reglamento?
50.000 € por ejercicio, y es una multa fija, no un máximo: el artículo 201 bis de la LGT sanciona la tenencia de sistemas informáticos que no cumplan los requisitos o hayan sido alterados. Para quien fabrica, produce o comercializa esos sistemas, la multa es de 150.000 € por ejercicio y por tipo de sistema.
¿Desde cuándo debe estar adaptado el software que me venden hoy?
Los fabricantes y comercializadores están obligados a ofrecer productos adaptados desde el 29 de julio de 2025, así que cualquier software que te vendan hoy debería tener ya su declaración responsable. Como usuario, tus fechas límite son el 1 de enero de 2027 (Impuesto sobre Sociedades) o el 1 de julio de 2027 (resto de obligados, autónomos incluidos), fijadas por el RDL 15/2025; además puedes remitir registros de forma voluntaria desde ya.
¿Dónde está la declaración responsable de FactuTPV?
Publicada en factutpv.es/sif, con la identificación del sistema, su versión y el productor. Cualquier usuario, asesor o inspector puede consultarla en abierto, sin registro previo. Es exactamente el documento que te recomendamos pedir a cualquier proveedor que estés evaluando.
Equipo FactuTPV
Somos el equipo detrás de FactuTPV, el software TPV con VeriFactu integrado para autónomos, pymes y hostelería en España. Escribimos sobre facturación electrónica, gestión de negocio y las últimas novedades fiscales para ayudarte a estar siempre al día.
Contactar con nosotros →