En este artículo
VeriFactu o No VeriFactu: dos caminos legales, no uno
Casi todo lo que se ha escrito sobre el Reglamento antifraude cuenta una sola historia: que llega VeriFactu y que tu programa tendrá que mandarle cada factura a Hacienda. Es media verdad. El Real Decreto 1007/2023 admite dos modalidades, y elegir entre VeriFactu o No VeriFactu es una decisión tuya que cambia qué tienes que custodiar, qué se imprime en tus tickets y cómo demuestras que cumples el día que te toque una comprobación.
Las dos son legales. Ninguna es un atajo para cumplir menos. Y la que te conviene depende bastante menos de la teoría que de cómo es tu negocio de verdad: cuántos documentos emites al día, si tienes el certificado digital a mano, y cuántas ganas tienes de responder a un requerimiento reconstruyendo meses de registros.
Aquí tienes la comparación por lo que cambia en el mostrador —no solo por lo que dice el articulado—, qué modalidad encaja con cada tipo de negocio, las obligaciones reales del modo No VeriFactu (que no son cero, aunque lo parezcan) y cómo se activa y se cambia cada una dentro de FactuTPV. Si todavía no tienes claro de qué va todo esto, empieza por la guía completa de VeriFactu y vuelve luego.
Las dos modalidades, comparadas por lo que cambia en tu mostrador
Las comparativas al uso te ponen el articulado en dos columnas. Esta te pone lo que notas tú. Ambas modalidades encadenan tus facturas con huella digital, ambas imprimen el QR tributario y en ambas está prohibido borrar o reescribir nada sin dejar rastro. La diferencia empieza justo después de cobrar.
| Lo que pasa | Modalidad VERI*FACTU | Modalidad No VERI*FACTU |
|---|---|---|
| Al cobrar una venta | El registro sale hacia la AEAT en ese momento, factura a factura | El registro se firma electrónicamente y se queda en tu sistema |
| Firma electrónica de cada registro | No se exige: la remisión continua la sustituye (art. 16.3) | Obligatoria en cada registro (art. 12) |
| Certificado digital | Necesario, para poder remitir | Necesario igualmente, para poder firmar |
| QR en factura y ticket | Sí | Sí, también |
| Leyenda «VERI*FACTU» | Sí, junto al QR | No la lleva |
| Si Hacienda comprueba | Ya tiene tus registros: no hay nada que reconstruir | Tú exportas y entregas los registros que te pidan |
| Cobertura legal | Se presume que el sistema cumple «por diseño» (art. 16.2) | Eres tú quien acredita la integridad |
| Si se cae internet | Emites igual; lo pendiente se remite al recuperar la conexión | No cambia nada: no hay nada que remitir |
El mito que más caro sale
«No VeriFactu es el modo de los que no quieren líos de certificados.» Falso: en No VeriFactu también necesitas certificado digital, porque hay que firmar electrónicamente cada registro. Lo que te ahorras no es el certificado, es el envío. Y a cambio te llevas la obligación de custodiar y de saber exportar.
Fíjate en la fila del QR, porque es donde más gente se equivoca: el código QR va en las dos modalidades. Lo que solo aparece en VERI*FACTU es la leyenda que dice que la factura es verificable en la sede electrónica de la AEAT. Un ticket sin leyenda no es un ticket ilegal; puede ser sencillamente un ticket emitido en la otra modalidad.
Cuál te conviene según cómo sea tu negocio
No hay una respuesta buena para todos, pero sí hay perfiles bastante claros. Estos son los que nos encontramos con más frecuencia.
Emites muchos documentos pequeños al día
Bar, cafetería, panadería, estanco, tienda de barrio, peluquería. Decenas o cientos de tickets diarios. Aquí VERI*FACTU es casi siempre la respuesta: remitir en automático no te cuesta trabajo (lo hace el programa solo) y te quita de encima el escenario que de verdad duele, que es un requerimiento pidiéndote los registros de un trimestre entero. Además, la presunción del artículo 16.2 juega a tu favor.
Facturas poco y grande, y tu asesoría lo lleva todo
Consultoría, servicios profesionales, obra, mayorista con pocas facturas al mes. Las dos modalidades te sirven. La pregunta útil no es cuál es más legal, sino quién va a responder si llega un requerimiento y con qué herramientas. Si la respuesta es «mi asesor, exportando desde el programa», No VeriFactu es viable. Si es «pues... no lo sé», ve a VERI*FACTU.
Te preocupa que Hacienda vea tus ventas en tiempo real
Es una objeción legítima y conviene decirla en voz alta, porque es la razón real por la que mucha gente pregunta por el modo No VeriFactu. Merece dos matices honestos. El primero: los registros que se remiten no son tu contabilidad ni tus márgenes, son los datos de facturación que de todas formas acabarás declarando. El segundo: no remitir no significa no enseñar, significa enseñarlo más tarde y peor, cuando te lo pidan y con el reloj corriendo.
Estás en País Vasco o Navarra
Entonces esta decisión probablemente no va contigo: te aplica TicketBAI y su normativa foral, que es un sistema distinto con sus propios plazos y su propio garante. Antes de elegir modalidad, confirma cuál es tu hacienda competente.
«No VeriFactu» no significa «sin obligaciones»
Si te quedas con una sola idea de este artículo, que sea esta: «No VeriFactu» no quiere decir «sin obligaciones». Quiere decir que las obligaciones cambian de sitio, y que pasan de estar automatizadas a estar en tu tejado.
| Obligación en modo No VeriFactu | Qué significa en la práctica |
|---|---|
| Firmar cada registro | Cada registro de facturación lleva firma electrónica. Sin certificado válido y vigente, no emites. |
| Conservar el registro íntegro e inalterable | Durante todo el plazo legal, legible y sin un solo hueco en la cadena. |
| Mantener el registro de eventos | El RRSIF exige un log de sucesos del sistema (arranques, anomalías, exportaciones...) que también hay que conservar. |
| Poder exportar y entregar | En el formato que fije la AEAT y en el plazo que te den, sin depender de que alguien recuerde cómo se hacía. |
| Acreditar la declaración responsable | La del fabricante de tu software, identificando sistema, versión y productor. |
Ninguna de estas cosas desaparece por usar un buen programa: lo que hace un buen programa es cumplirlas por ti y dejarte la prueba a mano. Lo que sí desaparece —y esto es lo que la gente compra sin saberlo cuando elige VERI*FACTU— es la necesidad de acordarte de ellas. Si quieres el detalle normativo con el articulado en la mano, lo tienes en el resumen del RD 1007/2023.
Cómo funcionan las dos modalidades dentro de FactuTPV
Muchos programas dicen «somos compatibles con VeriFactu» y en realidad solo implementan la modalidad de envío, que es la fácil de vender. Implementar la otra de verdad significa firmar cada registro, mantener un log legal de eventos y ser capaz de generar la exportación el día que te la pidan. En FactuTPV las dos modalidades son estados reales del sistema, no una casilla en un formulario.
La modalidad no es un ajuste suelto: es un estado calculado
FactuTPV calcula tu modalidad fiscal efectiva cruzando tu configuración, tu certificado y las validaciones de preparación. Ese estado es el que manda: decide si puedes emitir una factura definitiva, si solo puedes emitir documentos provisionales o si la emisión está bloqueada porque falta algo. Lo ves escrito en tu panel, sin tener que adivinarlo.
Qué hace el sistema en modalidad VERI*FACTU
Encadena cada documento con su huella, lo remite a la AEAT y estampa el QR y la leyenda en la factura y en el ticket. Tienes un panel de auditoría donde ves la cadena de registros y el estado de envío de cada uno, así que en cualquier momento sabes qué ha llegado y qué está en cola. Si se corta la conexión, el sistema reintenta al recuperarla: no pierdes la venta ni el registro. El paso a paso de la activación está en cómo configurar VeriFactu en FactuTPV.
Qué hace el sistema en modalidad No VERI*FACTU
Firma electrónicamente cada registro y lo verifica en el acto: si la firma no se puede verificar, la venta no se cierra como factura definitiva en lugar de dejarte un documento cojo. Mantiene el registro de eventos que exige el RRSIF, vigila que la cadena no tenga anomalías y prepara la exportación para un requerimiento. Y —esto importa más de lo que parece— tienes el mismo panel de cadena y emisiones que en VERI*FACTU, solo que sin la columna de envío a la AEAT, porque en esta modalidad no hay nada que enviar. No es un modo de segunda ni una pantalla que te dice «VeriFactu inactivo»: es una modalidad activa, y se ve como tal.
Cómo se cambia de modalidad (y por qué no es un interruptor)
Aquí viene la parte que a veces decepciona y que preferimos contar antes de que la descubras tú: cambiar de modalidad no es darle a un interruptor. En FactuTPV lo solicitas desde tu panel y la solicitud pasa por una revisión antes de activarse.
| Paso | Qué ocurre |
|---|---|
| 1. Lo solicitas | Eliges modalidad y, si pides VERI*FACTU, si quieres entrar por el entorno de pruebas de la AEAT o directamente a producción. Puedes dejar una nota. |
| 2. Se revisa | La solicitud entra en una cola de aprobación. Mientras esté pendiente la ves en tu panel y puedes cancelarla. |
| 3. Se comprueba que puedes | Aunque se apruebe, la modalidad no se activa hasta que el certificado está cargado y las validaciones de preparación pasan. |
| 4. Queda activa | Tu modalidad efectiva cambia y el panel pasa a mostrar lo que corresponde a esa modalidad. |
¿Por qué tanta ceremonia para un cambio que en otros programas es una casilla? Porque la modalidad determina la validez fiscal de todo lo que emitas después. Un cambio mal hecho no te da un error en pantalla: te deja una serie de facturas emitidas en un régimen que no te correspondía, y eso se arregla mucho peor que un formulario. Preferimos un paso de revisión a un cliente reconstruyendo un trimestre.
Ten en cuenta además que la elección de modalidad tiene vocación de permanencia dentro del año natural: no es algo para ir alternando según el mes. Plantéatelo como una decisión anual, y si tienes dudas, consúltalo con tu asesoría antes de solicitar el cambio.
Cinco errores frecuentes al elegir modalidad
Después de acompañar a bastantes negocios en esta decisión, estos son los tropiezos que más se repiten.
- Creer que existe la «remisión manual». No la hay. O el sistema remite solo (VERI*FACTU) o no remite nada y exportas cuando te lo pidan (No VERI*FACTU). No hay un punto intermedio en el que tú mandas facturas a Hacienda a mano cuando te acuerdas.
- Elegir No VeriFactu para ahorrarse el certificado. Ya lo hemos dicho arriba, pero es el error más caro: en No VeriFactu también hay que firmar, y para firmar hace falta certificado.
- Dejar la decisión para el último mes. Las fechas están fijadas: 1 de enero de 2027 para sociedades y 1 de julio de 2027 para autónomos. Llegar con margen te deja probar en el entorno de pruebas de la AEAT; llegar justo te deja estrenando en producción.
- Comprar un «módulo VeriFactu» aparte. Cumplir el Reglamento es una obligación del software, no una función premium. Si te lo cobran como extra, revisa qué más te están cobrando dos veces. Sobre esto y sobre los sellos que la AEAT no emite, tienes el análisis del software de TPV certificado y homologado.
- Suponer que te aplica lo mismo que a tu vecino. Sociedad y autónomo tienen fechas distintas, y foral y común tienen sistemas distintos. Si eres autónomo, la guía de VeriFactu para autónomos te ahorra media hora de lectura.
Si no quieres pensarlo más
Para la inmensa mayoría de pymes y autónomos, VERI*FACTU es la opción sensata: cumple sola, te cubre con la presunción del artículo 16.2 y convierte una posible inspección en un trámite. No VeriFactu es una modalidad perfectamente válida, pero pide que alguien de tu lado se haga cargo de custodiar y exportar.
Elige con criterio y que el programa haga el resto
Elijas la modalidad que elijas, lo que no puedes es llegar a 2027 sin decidirla. Y lo que de verdad marca la diferencia no es el modo que pongas en un formulario, sino que el programa haga por ti las dos cosas que la ley te pide: encadenar sin agujeros y poder demostrarlo.
FactuTPV implementa las dos modalidades del RRSIF de verdad, con huella encadenada, QR tributario, panel de auditoría y rectificativas guiadas en todos los planes, también en el gratuito. Sin módulo fiscal aparte, sin comisiones por cumplir la ley y funcionando en el navegador sobre el equipo que ya tienes.
Decide la modalidad con calma, no con prisa
Crea tu cuenta, mira cómo se ve tu modalidad fiscal efectiva en el panel y prueba a emitir. Cuando lo tengas claro, solicitas la modalidad que quieras desde dentro. Con ticket y factura conformes al RD 1007/2023, sin comisiones y con plan gratuito permanente.
- Las dos modalidades implementadas: envío a la AEAT o firma y registro local.
- Panel de cadena y auditoría en ambas, para ver qué tienes y en qué estado.
- Plan gratuito para empezar y planes desde 13,99 €/mes (anual, +IVA).
Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio usar la modalidad VeriFactu?
No. El RD 1007/2023 admite dos modalidades y las dos son legales: VERI*FACTU, que remite los registros a la AEAT automáticamente, y No VERI*FACTU, en la que no se remite nada pero cada registro va firmado electrónicamente y debes poder exportarlo si te lo requieren. Lo que no es opcional es tener un sistema conforme.
¿En modo No VeriFactu también necesito certificado digital?
Sí. Es la confusión más habitual. En la modalidad No VERI*FACTU hay que firmar electrónicamente cada registro de facturación, y para firmar hace falta un certificado válido y vigente. Lo que te ahorras respecto a VERI*FACTU no es el certificado: es el envío.
¿El código QR sale también en el modo No VeriFactu?
Sí, el QR tributario va en las dos modalidades. Lo que solo aparece en VERI*FACTU es la leyenda que indica que la factura es verificable en la sede electrónica de la AEAT. Un ticket sin esa leyenda no es irregular: puede estar emitido en la otra modalidad.
¿Puedo cambiar de modalidad cuando quiera?
En FactuTPV el cambio se solicita desde tu panel y pasa por una revisión antes de activarse; además necesita que el certificado esté cargado y que las validaciones de preparación pasen. La elección de modalidad tiene vocación de permanencia dentro del año natural, así que conviene tratarla como una decisión anual y consultarla con tu asesoría.
¿Cuál es más segura ante una inspección?
VERI*FACTU, con diferencia práctica. Al remitir los registros de forma continua, la Administración ya los tiene y el propio funcionamiento del sistema demuestra tu cumplimiento; además juega a tu favor la presunción del artículo 16.2. En No VERI*FACTU eres tú quien tiene que acreditar la integridad exportando y entregando los registros.
¿Qué pasa si se cae internet en cada modalidad?
En VERI*FACTU sigues emitiendo con normalidad: el QR y la leyenda se generan en local y los registros pendientes se remiten al recuperar la conexión. En No VERI*FACTU no cambia nada, porque no hay nada que remitir. Y no existe ningún plazo de 24 o 48 horas para remitir tras una caída: esa regla es del SII, no de VeriFactu.
¿Desde cuándo tengo que tener elegida la modalidad?
Desde tu fecha de obligación: 1 de enero de 2027 para sociedades y 1 de julio de 2027 para autónomos, según la prórroga del Real Decreto-ley 15/2025. Conviene decidirlo bastante antes, porque activar la modalidad requiere certificado y comprobaciones previas.
Estoy en País Vasco o Navarra, ¿me aplica esta decisión?
Probablemente no: en territorio foral aplica TicketBAI con su propia normativa, plazos y garante, que es un sistema distinto de VeriFactu. Confirma cuál es tu hacienda competente antes de elegir modalidad.
Equipo FactuTPV
Somos el equipo detrás de FactuTPV, el software TPV con VeriFactu integrado para autónomos, pymes y hostelería en España. Escribimos sobre facturación electrónica, gestión de negocio y las últimas novedades fiscales para ayudarte a estar siempre al día.
Contactar con nosotros →